Salud

Vuelta al trabajo si he tenido COVID-19, síntomas o he estado en aislamiento domiciliario

¿Cómo puedo desinfectar una mascarilla en casa?

Antes de volver a mi puesto de trabajo, ¿me tengo que hacer una prueba PCR si no he estado enfermo?

No, no hay que hacer ninguna prueba diagnóstica a las personas sanas sin sintomatología compatible con la COVID-19 (fiebre, tos, aprieto respiratorio, etc.) para poder volver al puesto de trabajo con seguridad. Hace falta, eso sí, mantener las indicaciones de higiene y distancia física recomendadas.

Si he estado enfermo de COVID-19 confirmado, ya me encuentro bien y tengo el alta, ¿puedo volver al trabajo sin ninguna precaución especial?

Puedes volver al trabajo manteniendo las indicaciones de higiene y distancia física recomendadas. En el supuesto de que reapareciera la sintomatología, ponte en contacto con el servicio de prevención de vuestro centro de trabajo o vuestro CAP e inicia el autoaislamiento domiciliario.

Si estoy enfermo en el momento de tenerme que incorporar a mi puesto de trabajo, ¿qué tengo que hacer?

  1. Si todavía no lo has hecho, ponte en contacto con vuestro centro de atención primaria para que el médico de cabecera te dé las indicaciones necesarias y pueda hacerte el seguimiento.
  2. En los casos en que ya tengas un diagnóstico confirmado por prueba PCR y ya lleves al menos 3 días sin fiebre, sin tomar antitérmicos y haya habido una mejora evidente de los síntomas generales, el médico o médica te puede indicar la repetición de la PCR:
  • Al 7.º día del inicio de la sintomatología, si la dolencia ha sido leve (sin ingreso hospitalario).
  • Al 14.º día del alta hospitalaria, si ha habido ingreso.

– Si la PCR es positiva de nuevo, ¿qué tengo que hacer?

Tienes que continuar en aislamiento y te tienen que repetir semanalmente la prueba hasta que sea negativa, o bien tu médico te indique la realización de un test serológico.

– Si la PCR es negativa, ¿tengo que hacer alguna otra cosa?

Puedes retomar la actividad laboral cumpliendo con las indicaciones de higiene y distancia social recomendadas y, en caso de que vuestro médico te lo indique, tendrás que utilizar mascarilla hasta el día 14 desde el inicio de los síntomas.

Si una vez me he reincorporado a mi puesto de trabajo, empiezo a tener síntomas de la COVID-19, ¿qué tengo que hacer?

Avisa inmediatamente el servicio de prevención de tu centro de trabajo, si hay, y márchate a casa, extremando las medidas higiénicas y la distancia física. Si en tu centro de trabajo no hay este servicio, contacta con tu centro de atención primaria por teléfono o a través de Mi Salud para que el médico de cabecera te dé las indicaciones necesarias y pueda haceros el seguimiento.

¿Tengo que usar algún equipo de protección de manera obligatoria?

No hay una norma general obligatoria en cuanto al material de protección para todos los entornos laborales. Solo en el transporte público es obligatorio el uso de mascarillas de manera general.

La mascarilla está indicada cuando no se pueda garantizar la distancia de separación mínima. Sí que es obligatorio respetar las medidas de higiene generales y la distancia social recomendadas, y sumar las medidas de seguridad propias de cada puesto de trabajo.

Si he sido aislado por sospecha de COVID-19, pero sin determinar el diagnóstico con una prueba porque he tenido síntomas leves y ya me encuentro bien, ¿puedo volver al trabajo sin ninguna precaución especial?

Si han pasado al menos 3 días desde la recuperación (es decir, sin fiebre y sin necesidad de antitérmicos y han mejorado los síntomas respiratorios), puedes volver al trabajo usando una mascarilla hasta que la sintomatología se resuelva del todo o hasta 14 días después del inicio de la sintomatología, siguiendo una estricta higiene de manos y autocontrolando tu temperatura. En el supuesto de que reapareciera la sintomatología, ponte en contacto con el servicio de prevención de tu centro de trabajo o vuestro CAP e inicia el autoaislamiento domiciliario.

Si estoy aislado para ser un contacto de riesgo (contacto estrecho expuesto al riesgo sin protección), ¿qué tengo que hacer para poder volver a mi puesto de trabajo?

Si no tienes ninguna sintomatología, a partir del 7.º día el médico te puede indicar la realización de una prueba PCR. Si el médico decide no practicar la prueba, puedes incorporarte a tu puesto de trabajo después de pasar 14 días en casa, cumpliendo con las indicaciones de higiene y distancia social recomendadas.

Si has desarrollado sintomatología o la tienes en el momento de la reincorporación laboral, te tienes que poner en contacto con tu CAP para recibir las indicaciones del médico de cabecera.

Artículo redactado por:
Lorena Crosa
Lorena Crosa

Lorena Crosa es licenciada en Química y Farmacia en la Universidad de la República (2000 – 2004). Se ha formado como profesora técnica de Química en el Instituto Normal de Educación Técnica (2004-2005). Cuenta con estudios de postgrado en Ciencias en la Universidad Camilo José Cela (2009) y posteriormente ha realizado un segundo grado de carrera de Farmacia en la Universidad de Barcelona (2010 – 2013).

Su experiencia laboral se ha centrado en el campo de la ciencia, dentro de hospitales como científica de laboratorios clínicos (2005 – 2007), así como docente de educación química en distintas universidades como el CEPRODIH y la Universidad de la República.

Tras licenciarse en su segunda carrera de Farmacia, centró su experiencia en las oficinas de farmacia, además de trabajar como consultora técnica en empresas de la industria farmacéutica.

En Farmacias Ecoceutics, Lorena Crosa ha sido un miembro activo y de gran valor desde 2018 hasta la actualidad, siendo la responsable de contenidos de la empresa haciendo uso de su expertise.

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